miércoles, 21 de abril de 2021

CIUDADANÍA Y ESTADO DE SITIO


Quinta de Olivos, 17 de Abril de 2021,
protestando contra el inconstitucional toque de queda.


El estado de sitio es una herramienta constitucional prevista para situaciones de excepción por los constituyentes, muy distinta de un arbitrario "vale todo gubernamental".

Y no necesariamente significa tanques y soldados apresando gente por la calle.

Representa la declaración del estado de sitio el reconocimiento de una situación grave y la voluntad de las autoridades constituidas de acatar y sostener, bajo cualquier circunstancia, el imperio de la Constitución Nacional.

La fantasía morbosa con que la izquierda atemoriza a la estupidez progre, es que durante el estado de sitio los que asumen el gobierno son los militares para que, como fuerzas represoras, ejecuten masacres. 

Esa idiotez es argumento del régimen para no declarar estado de sitio.
La verdad es que durante el estado de sitio no cambia de mano el gobierno. Tampoco resulta imprescindible  un rol activo del elemento militar para que pueda implementarse. Y menos aún provoca a la violencia. 

La declaración del estado de sitio afirma el Derecho, no lo niega.

Lo que sí niega el Derecho y debe violentar a los ciudadanos, es que un gobierno se tome atribuciones que los constituyentes no le dieron y pretenda, por su sola voluntad, transformar toda libertad en una gracia concedida.

Como ciudadano, la declaración del estado de sitio me estaría diciendo que el gobierno se mantendrá dentro de los límites de la Constitución Nacional, por lo que la excepción no será más que eso: algo excepcional y pasajero a lo que debo brindar mi acatamiento.

No existiendo esa declaración por parte del gobierno, como ciudadano debo resistir cualquier medida gubernamental que suponga una excepcionalidad al margen de lo dispuesto por los constituyentes, como este inconstitucional toque de queda que se pretende desde el 17ABR21.


No hay ninguna justificación para conceder al gobierno facultades extraordinarias por mera ocurrencia de una situación sanitaria.

Es suicidar la República y las libertades individuales convalidar la mala fe de un gobierno subversivo.

Analizar la razón por la que el gobierno nacional omite declarar el estado de sitio para suspender derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, es una cuestión central para discernir si los argentinos transitamos la situación sanitaria calificada como pandemia bajo Estado de Derecho o bajo infeKtadura. 

Argumenta el gobierno y sus partidarios que ante la propagación del coronavirus se deben dictar medidas coercitivas y limitantes del ejercicio de los derechos constitucionales para el cuidado de la población, pero que estas no exigen de la declaración del estado de sitio para poder implementarse. 

Lo problemático del caso es que la Constitución Nacional es taxativa, y enfáticamente clara, restringiendo a dos casos las situaciones en que pueden suspenderse las garantías que hacen a su estilo de vida, es lo que establece la primera parte del Artículo 23: “En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales”. 

Resistiendo con Juan Bautista Alberdi.

Estaremos de acuerdo en que, por sus efectos evidenciados en todo el mundo, la pandemia de Covid, califica como “conmoción”, ya que altera la normalidad del diario vivir sin circunscribirse a límite geográfico o político alguno. Como no hay evidencia fehaciente que su origen y propagación sea intencional, en principio y en mérito a la brevedad cabe descartar el calificar a esa conmoción como “ataque exterior”. 

Centrados pues en la hipótesis de la “conmoción interior”, corresponde considerar el requisito que define la gravedad de esa conmoción para justificar la declaración de estado de sitio; esto es que ponga en peligro el ejercicio de la Constitución y de las autoridades creadas por ella. 

Se sostiene, en respaldo del gobierno, que ese requisito no se cumple porque la enfermedad no implica el peligro descripto. Ahora bien: si la pandemia no pone en riesgo el ejercicio de la Constitución y las autoridades creadas por ella, ¿por qué necesitó el gobierno tomar medidas coercitivas que limitan al conjunto de los habitantes el ejercicio de derechos constitucionales en lugar de brindar meras sugerencias para el cuidado de la salud? Es un hecho, irrefutable, que ya se ha visto afectado el ejercicio de la Constitución.

Y si acaso la pandemia fuera tan grave como para obligar al buen y moderado gobierno a la ingrata necesidad de dictar medidas paternalistas de tinte autoritario, pues estaría en juego ni más ni menos la vida de los argentinos, ¿no estaría demostrando esa citada gravedad y necesidad que en la proyección de la enfermedad, acarreando miedo y eventualmente muerte, hay un riesgo real para la gobernabilidad? Obviamente sí. Y todas las medidas coercitivas dictadas por el gobierno así lo demuestran. Casi al nivel de un gobierno que gestiona mal, la conmoción interior que genera una pandemia también puede evolucionar hacía el pánico, los desbordes y la anarquía. 

Resistiendo con Julio Argentino Roca.

El periodismo debiera esclarecer a la opinión pública estas cuestiones, y no ser parte del aparato de propaganda del régimen. Si el gobierno no declara el estado de sitio para suspender las garantías constitucionales es porque deliberadamente elige no hacerlo. ¿Cuál es la razón para no hacerlo? Que el proyecto totalitario en el poder aborrece los límites que hacen al sistema republicano de la Constitución Nacional. Al no declarar el estado de sitio, el gobierno se coloca por encima de la Constitución Nacional, de esa forma anula a la ciudadanía y degrada todo derecho a la categoría de gracia que concede o no según su capricho: circular, trabajar, estudiar, etc.

Ninguna pandemia, sin importar lo grave que sea, modifica por sí el orden jurídico, mucho menos confiere poder constituyente al poder constituido. El 19 de Marzo de 2020 el kirchnerismo dio un golpe de Estado contra la Constitución Nacional, avalado por la cobardía de la oposición parlamentaria y la deserción infame de la CSJN, que no exigieron la indispensable declaración del estado de sitio para suspender garantías constitucionales. Y desde el 17 de Abril de 2021 la segunda ola de la infeKtadura cae sobre la confusa conciencia de los argentinos, con la estrambótica forma de toque de queda. 

Finalmente, es cierto que países serios y democráticos también toman medidas duras que restringen la Libertad, pero la sutil diferencia es que esos gobiernos no pretenden estar por encima del Derecho, y para el caso en que se extralimitaran hay jueces en la capital de todas esas naciones; que no los hay en Buenos Aires.


Ariel Corbat, La Pluma de la Derecha,
un liberal que no habla de economía.

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